Organizamos el expediente completo de su condominio o HOA y lo publicamos en un portal privado con clave para los propietarios. Después lo mantenemos al día cada mes.
Usted deja de perseguir documentos. La junta deja de responder solicitudes a mano.
Ver qué exige la ley, punto por punto →
Seis preguntas, dos minutos. No pide datos para ver el texto de la ley.
Tres leyes seguidas movieron el piso. Muchas juntas todavía no se enteran.
Fuentes: Fla. Stat. 718.111(12)(g) y 720.303(4)(b); HB 1021 (2024), HB 1203 (2024) y HB 913 (2025).
El trabajo sucio: juntar, ordenar, tachar lo que la ley protege y publicar.
Recibimos lo que ya tiene la junta o el manager, escaneamos lo que esté en papel y buscamos en el Clerk of Court la declaración y las enmiendas.
Cada documento va a la categoría que le corresponde según el estatuto, con su fecha, para que se encuentre por nombre o por texto.
Los estados de cuenta y libros mayores se limpian por adelantado, antes de que entren al portal, no en el momento de entregarlos.
Portal privado, cada propietario con su usuario. Verificamos que quien pide acceso sea propietario contra el registro que nos entrega la asociación.
Cada mes subimos lo nuevo dentro del plazo de 30 días y le mandamos a la junta un reporte de qué entró y qué se entregó.
Quién pidió qué, cuándo se le entregó y quién lo descargó. Eso es lo que sirve si alguien reclama que no le entregaron a tiempo.
L Blandon Services organiza y publica récords oficiales de asociaciones. No prestamos servicios legales, no representamos a ninguna asociación ante autoridades y no certificamos el cumplimiento de ninguna asociación. El contenido a publicar lo determina la asociación junto a su asesor legal.
De la primera llamada al portal en línea, sin que la junta tenga que aprender nada nuevo.
Seis preguntas en línea. Al final ve el texto del estatuto que corresponde a cada una, junto a lo que usted contestó. Sin costo y sin compromiso.
Por Zoom o por teléfono. Le enseñamos cómo se ve el portal por dentro, la vista de la junta y la vista del propietario.
Alcance, precio y plazos en una hoja. La junta la aprueba en asamblea con su abogado si así lo prefiere.
Usted nos manda lo que tenga, en el formato que sea. Nosotros lo ordenamos, lo tachamos y lo subimos.
Lo nuevo entra dentro del plazo. La junta recibe su reporte. Los propietarios se sirven solos.
Esto lo puede hacer la asociación por su cuenta. Le decimos qué se necesita, para que la junta compare con conocimiento y no a ciegas.
Lo que se tacha son las cuentas bancarias, los expedientes de personal, los récords médicos y los números de seguro social, entre otros. Muchas asociaciones autoadministradas lo llevan así y les funciona, mientras haya una persona constante encargada. Donde se rompe es cuando esa persona cambia, cuando se va de vacaciones, o cuando llegan tres solicitudes la misma semana. Ahí es donde entramos nosotros, y no antes.
Si la junta decide hacerlo internamente, el informe que le enviamos trae la lista textual de las 16 categorías del estatuto, que es por donde se empieza. Se lo mandamos igual, nos contrate o no.
Una demostración con un edificio de ejemplo y datos ficticios. Trae las dos vistas: la de la junta, donde se sube y se ordena cada documento con su reloj, y la del propietario, que es lo que ve alguien que entra con su usuario y clave.
No pide registro ni datos. El edificio, los nombres y los documentos que aparecen son inventados.
Dos partes: una carga inicial que se paga una vez, y una mensualidad.
Depende de cuántos documentos haya y de en qué estado estén. Incluye el escaneo, el orden por categorías, la censura de lo protegido y la puesta en línea del portal con los propietarios cargados.
Asociación autoadministrada. Para firmas administradoras con varios edificios el precio por asociación baja a $59 a $99 al mes. Incluye el mantenimiento, las entregas y el reporte mensual a la junta.
El precio exacto sale de la propuesta, después de ver el inventario de documentos. Si prefiere, ese inventario se puede contratar aparte antes de decidir.
No. Su abogado dice qué hay que publicar y qué hay que tachar. Nosotros lo organizamos y lo publicamos. Nunca damos opinión legal ni certificamos que la asociación quede en cumplimiento.
No se toca. El portal vive aparte, con el nombre y el logo de su asociación. Al sitio que ya tiene solo se le agrega un botón que apunta al portal, si es que quieren.
Sí. El estatuto contempla que la asociación cumpla con un sitio operado por un proveedor tercero con derecho de uso de la asociación, o con una aplicación descargable en un dispositivo móvil.
Contra el registro de propietarios que nos entrega la asociación, con un código que enviamos al correo registrado. Cuando la asociación lo pide, cruzamos además contra el Property Appraiser del condado. Cada acceso y cada entrega quedan en un registro con fecha.
Se tacha por adelantado, cuando el documento se carga. Lo que la ley excluye del acceso, como material de abogado y cliente, información personal, médica o números de seguro social, no entra al sistema.
Depende del volumen. Para un edificio mediano con los documentos ya en digital estimamos de dos a tres semanas. Si hay mucho papel, se le suma el tiempo de escaneo.
La comunicación con la junta y con los propietarios puede ser en español o en inglés. El sitio está en los dos idiomas.
Seis preguntas, dos minutos, sin costo. Le mostramos el texto de la ley que corresponde a cada una, con su número de sección.
Ver los seis puntos del estatuto →O llámenos al (561) 671-9588 y lo vemos juntos por teléfono.